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viernes, 30 de agosto de 2013

desencadenado el juicio "por traición a la Patria" contra la cúpula militar del 2005, que manipula la Justicia y exime al Presidente que dio la orden en la historia de los misiles chinos entregados a los EEUU, ya hay un rebelde, con orden de aprehensión

La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia declaró ayer –en el inicio de la audiencia de medidas cautelares por el caso misiles chinos– en rebeldía  al almirante Marco Antonio Justiniano Escalante, excomandante en jefe de las Fuerzas Armadas de Bolivia.
Marco Justiniano entonces comandante en Jefe de las FFAA.El Dia
La decisión fue adoptada por el Tribunal porque el imputado no justificó debidamente su inasistencia a la audiencia cautelar instalada desde las 9:45 en la ciudad de Sucre, reportó la radio Aclo de la Red Erbol.

El efecto legal. La declaratoria de rebeldía del exjefe militar dispone la emisión del mandamiento de aprehensión con la única finalidad de que sea conducido ante el Tribunal Supremo de Justicia, su arraigo y la publicación de sus datos y señas personales en los medios de comunicación para su búsqueda y posterior captura.
La presidente de la Sala Penal Segunda, Maritza Suntura,  agregó que también se ordenó la anotación de la hipoteca legal de los bienes, muebles, inmuebles y otros que imputado –ahora declarado rebelde– tenga registrado en Derechos Reales y otros registros públicos.

La audiencia.  La audiencia comenzó con ocho de los diez implicados en la entrega irregular de 37 misiles chinos a Estados Unidos en 2005, para que los artefactos sean desactivados.
Los siete exmilitares imputados presentes son Marcelo Antezana Ruiz, Marco Vázquez Ortiz, Víctor Hugo Cuéllar, David Torricos Vargas, Ciro Valdivia Murguía, Wilber Sánchez Sánchez y Ernesto Caballero.
Asimismo, asistió el ex viceministro de Defensa Gonzalo Rocabado, que cumple una pena de diez años por el caso "octubre negro" en el penal San Roque de Sucre.
La audiencia de medidas cautelares continuó ayer con la presentación de incidentes por parte de los imputados, los cuales deberán ser resueltos por el Tribunal antes de considerar el objeto de la vista.

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